EMBARGO POR EL SAT A CUENTAS BANCARIAS DE PENSIONADOS DEL IMSS.

 

Cartas Invitación del SAT en donde se determinan adeudos por ISR. 

 Embargo de cuentas pensionados

En la actualidad El Servicio de Administración Tributaria (SAT), órgano desconcentrado dependiente de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SHCP), ha venido embargando las cuentas bancarias de los pensionados del IMSS,  lo anterior a razón de que dicho Órgano embarga de manera precautoria a efectos de verificar que los pensionados del IMSS cumplan con sus obligaciones al fisco como contribuyentes, tales como:

  1. Omisión de avisos al SAT de cambio de situación fiscal como persona física.

  2. Falta de declaración anual de impuestos como persona física.

 

Cuando el SAT embarga una cuenta bancaria de un Pensionado del IMSS, pasa por alto  diversos Derechos Fundamentales del Contribuyente, tales como: El Mínimo Vital, Legalidad, entre otros. Por tal razón, es impugnable mediante una Demanda de Amparo, en la que se solicita la Suspensión del Acto Reclamado a efectos de que el pensionado del IMSS pueda hacer uso de su dinero con el que subsiste.

 Por lo anterior, nos ponemos a sus órdenes en lo siguiente:

 Primero: 

  1. Impugnar el embargo a cuentas bancarias mediante un Juicio de Amparo Administrativo y pensionado pueda hacer uso de su dinero.

 

Para impugnar mediante Juicio de Amparo el embargo del SAT a cuentas bancarias de pensionados del IMSS,  es de suma importancia estar dentro de los quince días siguientes al embargo de la cuenta, ya que si se excede de dicho término, se estaría consintiendo el embargo del SAT y el Juicio de Amparo resultaría improcedente. 

Segundo:

  Asesorarlo para aclarar su situación fiscal como contribuyente ante las Autoridades Fiscales.

 Es importante, para deslindar obligaciones con las Autoridades Hacendarias, los pensionados del IMSS aclaren su situación fiscal, para no tener futuros problemas  con el SAT.

 Nuestro grupo de expertos se encuentran a sus órdenes, para que reciba una asesoría en materia de impuestos aplicables a su pensión y la forma de aclarar cualquier situación ante el SAT, o bien  si su cuenta se encuentra embargada comuníquese  y haga una cita con nosotros, a los teléfonos: En el D.F.: (55)5607 5837 o (55)5607 3620.